¿Qué es la Producción Orgánica en Ecuador?

La Producción Orgánica en Ecuador es una forma de producción que conserva los recursos naturales y respeta el medio ambiente, ya que garantiza una alimentación sana y responsable. En este tipo de producción, se utilizan y realizan prácticas para la conservación del suelo, rotación y asociación de cultivos, uso eficiente del agua, abonos orgánicos, entre otros (1).

Desde julio de 2013, el Ministerio De Agricultura, Ganadería, Acuacultura Y Pesca (MAGAP), a través del Acuerdo Ministerial No. 299 que acuerda “Expedir la normativa general para promover y regular la Producción Orgánica-ecológica-biológica en el Ecuador”, ha promovido e impulsado la producción orgánica en el país.

Esta normativa, tiene como finalidad: elevar la competitividad del sector agropecuario, incluido la acuacultura; proteger la salud de los consumidores; preservar el dinamismo vital del ambiente, y mejorar la calidad de vida de los actores de la cadena productiva de productos orgánicos a través de la investigación; la transferencia de tecnología, y la capacitación para el desarrollo de la agricultura orgánica.

La norma establece que la Agencia AGROCALIDAD implementará el Sistema Nacional de Control de la Producción Orgánica con el objetivo de que los productores orgánicos sigan lo establecido en la norma.

Nota. Producción Orgánica (Pexels, 2021).

Resolución DAJ-20133ec-0201.0099 del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (2013)

En septiembre de 2013, se expidió la Resolución No. 0099 que establece el “Instructivo de la Normativa General para Promover y Regular la Producción Orgánica- Ecológica- Biológica en el Ecuador”. 

En el artículo 3 de dicha resolución, se establecen los Objetivos de la Producción Orgánica, que nos permitimos enlistar a continuación:

  • Asegurar un sistema viable de gestión agropecuario que:
    • 1. Respete los sistemas y los ciclos naturales y preserve y mejore la salud del suelo, el agua, las plantas y los animales y el equilibrio entre ellos.
    • 2. Contribuya a preservar y asegurar un alto grado de biodiversidad. 
    • 3. Haga un uso responsable de la energía y de los recursos naturales como el agua, el suelo, las materias orgánicas y el aire. 
    • 4. Cumpla las normas de bienestar animal y responda a las necesidades de comportamiento propias de cada especie.
  • Obtener productos orgánicos de alta calidad
  • Obtener una amplia variedad de alimentos y otros productos agrícolas que respondan a la demanda de los consumidores de productos obtenidos mediante procesos que no dañen el medio ambiente, la salud humana, la salud y el bienestar de los animales ni la salud de las plantas. 

Adicionalmente, en el artículo 4 de la mencionada Resolución 0099 en concordancia con el Acuerdo Ministerial No. 299, se mencionan los productos a los que se aplica, o no, el Instructivo de la Producción Orgánica. 

Productos aplicables al Instructivo de la Producción Orgánica.

  1. Productos de origen agropecuario como: 
    • Frutas.
    • Vegetales.
  2. Productos de origen de acuacultura como: 
    • Camarón.
    • Tilapia.
  3. Hongos comestibles.
  4. Ciertos productos de origen silvestre.
  5. Productos de origen de producción animal como: 
    • Bovinos, equinos, porcinos, entre otros. 
    • Apicultura (crianza de abejas). 
    • Especies acuícolas. 
  6. Productos de la producción pecuaria. 
  7. Productos de la producción apícola. 
  8. Artículos de la producción de algas. 
  9. Otros. 

Productos no aplicables al Instructivo de la Producción Orgánica. 

  1. Cosméticos. 
  2. Textiles. 
  3. Vinos. 
  4. Especies ganaderas distintas a las mencionadas: 
    • Bovinos, equinos, porcinos, ovinos, caprinos, camélidos sudamericanos, aves de corral y especies menores. 
    • Especies de apicultura.
    • Especies acuícolas.

Referencias

(1). Ministerio de Agricultura y Ganadería.

(2). Acuerdo Ministerial 299.

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