Bananas

¿Qué beneficios tiene la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria aplicables al sector bananero?

La Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria emitida el 31 de diciembre del 2019, plantea 3 esquemas tributarios que benefician a los bananeros que son: El impuesto a la renta único bananero, el impuesto único agropecuario y la reducción del impuesto a consumos especiales (ICE) a las bebidas alcohólicas.

Respecto al impuesto a la renta único bananero, se reduce la tarifa hasta el 1%, si el productor obtiene el certificado de cumplimiento de las buenas prácticas agrícolas (BPA) emitido por Agrocalidad. En el caso de la producción se aplicará la tarifa de hasta 2% de las ventas brutas o de la producción propia que se exporte. Mientras que para la exportación de fruta producida por el mismo sujeto pasivo o no, se aplica una tarifa del 3% en base al cálculo establecido en la ley. 

En el caso del impuesto único agropecuario, el artículo 15 de la normativa menciona que los ingresos provenientes de actividades agropecuarias en la etapa de producción y/o comercialización local o que se exporten, podrán acogerse a un impuesto a la renta único enlistado en las siguientes tablas:

Tabla de producción y comercialización local

Ingresos desdeIngresos hastaImpuesto fracción básica% impuesto sobre fracción excedente
020.000,000,00%
20.000,01300.000,001,00%
300.000,011.000.000,002.800,001,40%
1.000.000,015.000.000,0012.600,001,60%
5.000.000,01En adelante76.600,001,80%

Tabla de exportación

Ingresos desdeIngresos hastaImpuesto fracción básica% impuesto sobre fracción excedente
0300.000,000,001,30%
300.000,011.000.000,003.900,001,60%
1.000.000,015.000.000,0015.100,001,80%
5.000.000,01En adelante87.100,002,00%

Finalmente, la reducción del impuesto a consumos especiales (ICE) a las bebidas alcohólicas de la tarifa hasta un 50% para quienes elaboren bebidas alcohólicas localmente y provenientes de la fermentación completa o parcial de productos agropecuarios cultivados en el Ecuador (arroz, la cebada, el maíz, el almidón de yuca, papa, banano, entre otros) no menos del 70%.

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